Alma de Nogal : Los Chalchaleros

sábado, 26 de mayo de 2012

Novedades Legales de la Asamblea Ciudadana Villa Gesell.

Novedades Legales de la Asamblea Ciudadana Villa Gesell.

23 de mayo de 2012.




                                                   Fotografía : Patricia Isabel Roccatagliata

Novedades de la Asamblea, nos informan desde Gesell :

La Municipalidad de Villa Gesell, ha presentado en el expediente iniciado por la Asamblea Ciudadana contra las ordenanzas 2346 y 2347, una Recusación con Causa, contra el Juez Escobar fundamentada en el Art 17 inc. 7 del Código procesal, con la intención que el expediente éste y quizás otros, se "vayan" a otro juzgado.

Según este artículo se puede recusar con causa cuando el juez haya defendido a alguna de las partes o haya adelantado opinión, dictamen o recomendaciones sobre el fondo de la cuestión.

Esto NO SUCEDIÓ en este caso. Aún no tenemos certezas de los fundamentos que expuso la Municipalidad, pero es claro que la intención del municipio siempre fue "sacar" a Escobar del conocimiento de las causas, y desconocemos la real intención de los funcionarios municipales involucrados.

Procesalmente, el juez Escobar recibe la recusación y la remite a la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata para que resuelva, porque es el órgano que corresponde, mientras tanto para que el expediente no se demore, se remite a un tercer juez (que corresponda según distintos parámetros, lo lógico en este caso es que sea remitido a algún juez de primera instancia de Mar del Plata). Cuando la cámara resuelve puede dar la razón o no. Si da la razón el expediente sigue en el nuevo juzgado y queda radicado allí definitivamente, pero si NO da la razón al escrito de recusación, vuelve el expediente al Juez que venía entendiendo, en este caso el Juez Escobar. Este es el procedimiento normal. Por ende hasta el momento NO HAY UN DEFINICIÓN DEL TEMA. NO es cierto que Escobar aceptó la recusación, sino que está cumpliendo con los pasos procesales que la ley le impone.

Nosotros, la Asamblea Ciudadana de Villa Gesell, si bien aún no contamos con el escrito de la Municipalidad que solicita la recusación, esperamos que la Cámara, no haga lugar al pedido municipal, porque consideramos que no hay fundamentos legítimos para fundamentar conforme a derecho una solicitud semejante.

Consideramos lamentable la estrategia de la Municipalidad, que no ha hecho otra cosa desde el inicio de los expedientes que entorpecer el curso de los mismos, faltando el respeto a toda la población de Gesell, pues para un lado o para el otro lo cierto es que la Municipalidad debería intentar una solución "o buen camino" a todas las cuestiones planteadas y NO dedicarse a dilatar y demorar innecesariamente los expedientes judiciales con escritos fuera de lugar y estrategias inapropiadas con el único fin de entorpecer y mientras tanto ganar tiempo para seguir violando las leyes.

Es evidente que la estrategia planteada por la Municipalidad es, en una especie de bloque, junto con los Sres. Girgenti Orlando Rubén, aparente concesionario de la UTF Nº 36 MC, y Vicente Norberto Martone, aparente concesionario de la UTF Nº 40C, ya que todos ellos se han cansado de ingresar escritos intentando sacar los expedientes de la vista del Juez Escobar. Se han presentado varios escritos en ese sentido y todos los hemos ganado, quedando el expediente ante el juez que legalmente corresponde, es decir el Juez Contencioso Administrativo de DOLORES, y no otro.

No contentos con ello, ahora presentan una recusación. Lamentable es que el municipio lo único que ha hecho es intentar sacar los expedientes del Juzgado Contencioso de Dolores, utilizando a su vez a los concesionarios en su estrategia y esperamos que ello no responda a intereses políticos inapropiados e ilegales.

Es necesario que la ciudadanía conozca que un municipio no se rige solo de ordenanzas, en este sentido las ordenanzas DEBEN necesariamente respetar las leyes superiores, por eso convocamos también a todo el Concejo Deliberante, para que tome una actitud activa respecto de la exigencia del cumplimiento de las leyes, pues el silencio de todos los actores políticos permite estos avasallamientos, que pretenden pintarse de legítimos con ordenanzas o decretos municipales reivindicando intereses particulares.

Como Asamblea nos guía la buena fe en cada uno de nuestros actos, por eso, invitamos nuevamente a la Municipalidad a entender nuestro legítimo reclamo y a actuar en consecuencia, dejando a un lado estrategias que busquen entorpecer los expedientes judiciales, pues todo lo que la asamblea pretende es someter a la justicia las decisiones finales por considerar que la Municipalidad ha violado las normas ambientales que protegen la costa de Villa Gesell.

ASAMBLEA CIUDADANA VILLA GESELL “EN DEFENSA DEL MEDANO COSTERO”.



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Asamblea Ciudadana de Villa Gesell

En defensa del médano costero





@AsambleaGesell



Emergencia Ambiental: Llamar al 02255-45-2357

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