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lunes, 25 de abril de 2016

SE SOLICITA CESE Y REMEDIACIÓN SOBRE EL DAÑO OCASIONADO AL ARROYO RAGGIO EN VICENTE LOPEZ. Unidos por el Río.


Naturaleza de Derechos - 20 de Abril de 2016
SE SOLICITA CESE Y REMEDIACIÓN
SOBRE EL DAÑO
OCASIONADO
AL ARROYO RAGGIO
EN VICENTE LOPEZ

 La Asamblea Unidos por el Río de Vicente López y el Foro por la Salud y el Ambiente del mismo partido, con el acompañamiento de Naturaleza de Derechos, denunciaron ante las autoridades municipales y el Defensor del Pueblo local el comienzo de obras con maquinas excavadores, en la ribera norte del arroyo Raggio, solicitando el inmediato cese de las mismas y la recomposición del lugar.
Se tratan de obras de consideración que han arrasado con toda la vegetación en una de las riberas del Arroyo Raggio afectando seriamente el ecosistema reinante sobre el corredor biológico que dicho curso agua conforma.
Asimismo los colectivos socio ambientales denunciaron la construcción un muro de ladrillos, desde el Puente Peatonal Laprida hasta el nacimiento a cielo abierto del Arroyo Raggio, que impide a la ciudadanía el libre acceso al mismo e impacta visualmente, lo que representa un grave daño paisajístico. 
En la presentación ante el municipio y el defensor del pueblo vicentelopenses, se destaca que la ordenanza local Nro 19.355  - que autorizó en su momento la construcción del puente peatonal - describió al arroyo Raggio como un valor cultural, natural y paisajístico que se debe priorizar y proteger.
El Arroyo Raggio es un curso de aguas transparente que recorre a cielo abierto aproximadamente 800 metros el límite sur del Paseo de la Costa, siendo a su vez el límite físico natural y geográfico entre la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires.
Es un micro ámbito natural de características únicas compartido entre el Partido de Vicente López (Paseo de la Costa) y la Ciudad de Buenos Aires (Parque de los Niños).
 A diferencia de la totalidad de los arroyos del gran Buenos Aires, el arroyo Raggio no recibe descargas químicas ni cloacales en crudo.
Sobre ambas riberas del arroyo puede observarse una abundante vegetación acuática, tanto sumergida como anfibia que le da características ambientales de consideración que han favorecido a la formación de un bosque en galería, el cual si bien posee variadas especies de plantas exóticas, también cuenta con vegetación nativa y abundante avifauna subtropical.
 
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En un relevamiento realizado por los integrantes de la Asamblea Unidos por el Río el fin de semana pasado, se georrefenció el corredor biológico y se constató las siguientes especies arbóreas: Ceibo Curupí, Acacia café, Sauce Criollo, Espinillo.
En cuanto a la fauna en el Arroyo Raggio puede divisarse la presencia de una importante variedad de aves, a saber: Chiflón, Anambé Común, Tijeretas, Horneros, Carpintero Bataraz Chico, Corbatita, Pato Barcino, Pollona Negra, Bigua, Garcita Blanca, Chimango, Tero Común, entre otros.
 
Asimismo las organizaciones solicitaron al Municipio para que en el plazo legal brinde información en relación al daño denunciado.
Concretamente se solicitó que se informe:
 
1) Que repartición administrativa del Municipio de Vicente López, efectuó las obras sobre la margen norte del Arroyo Raggio que representaron un arrasamiento de la flora con grave afectación al equilibrio ecosistémico del lugar.
 
2) Con que fin se arrasó con la ribera norte del Arroyo Raggio. Si se trata de una obra pública.
 
3) Si tales obran cuentan con la debida declaración de impacto ambiental emitida por la autoridad pertinente. Asimismo si ha habido un proceso de participación ciudadana.
 
4) Si se dio intervención a la Autoridad del Agua en cumplimiento de la ley 12257.
 
5) Se detalle cuales son los actos administrativos por los cuales se autorizo la construcción del muro que recorre la ribera desde el comienzo del recorrido del Arroyo Raggio a cielo abierto hasta el puente peatonal Laprida.
 
6) En el supuesto que dicho sector haya sido cedido o vendido a algún privado, que se informe sobre ello con la documentación correspondiente y las motivaciones de los actos administrativos que así lo hayan dispuesto y las ordenanzas que lo hubieren permitido.
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